Ya se puede contratar el Agroseguro Línea 306 (2º ciclo de producción)

A partir del 1 de junio de 2023

¿En qué consiste este tipo de seguro?

En el pago de una indemnización, dentro de los límites establecidos en el contrato y en la normativa de aplicación, por los daños objeto de cobertura sufridos en las producciones de hortalizas cultivadas en invernadero (se admite parte del ciclo al aire libre, siempre que se instale la cubierta antes del 31 de octubre), así como sus instalaciones.

SEGURO AGRARIO COMBINADO (Plan 2023)

¿Qué cultivos puedo asegurar?

Acelga, ajo, apio, batata, berenjena, berro, borraja, baby leaf, calabacín, calabaza, cebolla, cebolleta, col, coliflor, espinaca, judía verde, lechuga, melón, patata, pepino, pimiento, puerro, rábano, sandía, tomate, tomate área I, achicoria, escarola y resto de hortalizas.

Seguro de Hortalizas Bajo Cubierta en Península y C.A. Illes Balears.

Los daños a la producción e instalaciones ocasionados por los riesgos especificados a continuación en función del cultivo y del módulo de aseguramiento elegido:

  • Módulo 1: Todos los riegos por explotación
  • Módulo 2: Riesgos por explotación y riesgos por parcela
  • Módulo 3: Todos los riesgos por parcela
  • Módulo P: Riesgos nominados por parcela

Módulo 1: Todos los riegos por explotación

  • Pedrisco
  • Helada
  • Viento
  • Virosis.
  • Riesgos excepcionales: fauna silvestre, incendio, inundación lluvia torrencial, lluvia persistente y nieve.
  • Resto de adversidades climáticas.

Módulos 2 y 3: Riesgos por explotación y riesgos por parcela

  • Pedrisco
  • Helada (contratación opcional)
  • Viento
  • Virosis(contratación opcional)
  • Riesgos excepcionales: fauna silvestre, incendio, inundación lluvia torrencial, lluvia persistente y nieve
  • Resto de adversidades climáticas.

Módulo 3: Todos los riesgos por parcela

  • Pedrisco
  • Helada (contratación opcional)
  • Viento
  • Virosis(contratación opcional)
  • Riesgos excepcionales: fauna silvestre, incendio, inundación lluvia torrencial, lluvia persistente y viento.

Suma asegurada

  • Se calcula en base a la producción o unidades declaradas por el asegurado en la póliza y el precio fijado por el asegurado dentro de los límites establecidos por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.

¿Qué no está asegurado?

  • Daños ocasionados por plagas y/o enfermedades. (salvo enfermedades en los cultivos con cobertura).
  • Daños ocasionados por sequía.
  • Retraso vegetativo.
  • Falta de cuajado (salvo riesgo de resto adversidades climáticas para tomate del área I)

¿Existen restricciones en lo que respecta a la cobertura?

    • Mínimo indemnizable: Para cada riesgo, cultivo y módulo se aplicará un umbral mínimo de daños, entre el 6% y el 30%, por debajo del cual los daños no estarán cubiertos.
    • Franquicias: Para cada riesgo, cultivo y módulo se aplicarán franquicias de daños o absolutas, entre el 10% y el 20%. Estas franquicias se aplicarán de forma independiente para cada parcela o de forma conjunta para el total de la explotación, según riesgo y módulo.
¿Qué se asegura?

Seguro de Hortalizas Bajo Cubierta en Península y C.A. Illes Balears.

Los daños a la producción e instalaciones ocasionados por los riesgos especificados a continuación en función del cultivo y del módulo de aseguramiento elegido:

  • Módulo 1: Todos los riegos por explotación
  • Módulo 2: Riesgos por explotación y riesgos por parcela
  • Módulo 3: Todos los riesgos por parcela
  • Módulo P: Riesgos nominados por parcela
Módulo 1

Módulo 1: Todos los riegos por explotación

  • Pedrisco
  • Helada
  • Viento
  • Virosis.
  • Riesgos excepcionales: fauna silvestre, incendio, inundación lluvia torrencial, lluvia persistente y nieve.
  • Resto de adversidades climáticas.
Módulos 2 y 3

Módulos 2 y 3: Riesgos por explotación y riesgos por parcela

  • Pedrisco
  • Helada (contratación opcional)
  • Viento
  • Virosis(contratación opcional)
  • Riesgos excepcionales: fauna silvestre, incendio, inundación lluvia torrencial, lluvia persistente y nieve
  • Resto de adversidades climáticas.
Módulo P

Módulo 3: Todos los riesgos por parcela

  • Pedrisco
  • Helada (contratación opcional)
  • Viento
  • Virosis(contratación opcional)
  • Riesgos excepcionales: fauna silvestre, incendio, inundación lluvia torrencial, lluvia persistente y viento.
Suma asegurada

Suma asegurada

  • Se calcula en base a la producción o unidades declaradas por el asegurado en la póliza y el precio fijado por el asegurado dentro de los límites establecidos por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.
¿Qué no está asegurado?

¿Qué no está asegurado?

  • Daños ocasionados por plagas y/o enfermedades. (salvo enfermedades en los cultivos con cobertura).
  • Daños ocasionados por sequía.
  • Retraso vegetativo.
  • Falta de cuajado (salvo riesgo de resto adversidades climáticas para tomate del área I)

¿Existen restricciones en lo que respecta a la cobertura?

    • Mínimo indemnizable: Para cada riesgo, cultivo y módulo se aplicará un umbral mínimo de daños, entre el 6% y el 30%, por debajo del cual los daños no estarán cubiertos.
    • Franquicias: Para cada riesgo, cultivo y módulo se aplicarán franquicias de daños o absolutas, entre el 10% y el 20%. Estas franquicias se aplicarán de forma independiente para cada parcela o de forma conjunta para el total de la explotación, según riesgo y módulo.

NOVEDADES

Las modificaciones respecto a la campaña–- anterior:

  • Se cubren los costes de reposición del enarenado y otros sustratos de cultivo ante siniestros de inundación lluvia torrencial, cuando superen 600 €/parcela, con el límite del 30% del capital asegurado para enarenado y del 20% del capital asegurad o en otros sustratos.
  • Posibilidad incluir una nueva parcela de instalación cuando a consecuencia de un siniestro cubierto, la instalación pierda más del 70% del capital asegurado. Se cobrará el 100% de la prima de la nueva instalación, que mantendrá el mismo final de garantías de la Declaración de Seguros.

¿Qué subvención tiene este seguro?

La subvención que concede el Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente, a través de ENESA para este seguro puede llegar hasta:

¿Dónde estoy cubierto?

En todo el territorio nacional, excepto en la Comunidad Autónoma de Canarias.

¿Cuáles son mis obligaciones?

  • Asegurar todos los bienes asegurables que posea en su explotación dentro del ámbito de aplicación.
  • Indicar en la declaración de seguro la identificación SIGPAC de cada parcela, reflejando además la superficie real cultivada y la fecha de siembra o trasplante.
  • Asegurar en cada parcela una producción esperada acorde con las producciones realmente obtenidas en años anteriores.
  • Pagar la prima en tiempo y forma.
  • Cumplir las condiciones técnicas mínimas de cultivo, según lo establecido por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y velar en todo caso por el buen estado del objeto asegurado.
  • Comunicar el siniestro dentro del plazo de 7 días, contados a partir de la fecha en que fue conocido, debiéndose efectuar tantas comunicaciones como siniestros ocurran.
  • Comunicar en un plazo de 48 horas desde que se originen, los daños en estructura y cerramiento, siempre que supongan un agravamiento del riesgo.
  • Permitir a SEGURO AGRARIO ALMERÍA y a los peritos que designe, la inspección de los bienes asegurados, facilitando la identificación y entrada en las parcelas aseguradas.
  • Si llegado el momento fijado para la recolección no se hubiera realizado la peritación o no se hubiera llegado a un acuerdo en ésta, se dejarán muestras testigo.

¿Cuándo y cómo tengo que efectuarlos pagos?

El pago de la prima debe hacerse al suscribir la declaración de seguro, dentro de los plazos establecidos por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.

El pago de la prima podrá realizarse:

  • Al contado (de una sola vez).
  • De forma fraccionada, para lo cual será necesario el correspondiente aval afianzado de SAECA.

¿Cuándo comienza y finaliza la cobertura?

  • Inicio:
    • Para la producción: La cobertura comienza una vez ha entrado en vigor el seguro (a las cero horas del día siguiente del pago de la prima) y siempre que haya transcurrido el periodo de carencia (si fuese de aplicación) y se hayan alcanzado las fechas o estados fenológicos previstos para cada riesgo.
    • Para las instalaciones: La cobertura comienza una vez ha entrado en vigor el seguro y siempre que haya transcurrido el periodo de carencia (si fuese de aplicación).
  • Fin:
    • Para la producción: La cobertura finaliza en la fecha más temprana de las siguientes: recolección, momento en el que se sobrepase la madurez comercial, fechas y estados fenológicos previstos para cada riesgo.
    • Para las instalaciones: La cobertura finaliza a los 12 meses desde que se iniciaron las garantías.

¿Cómo puedo rescindir el contrato?

Al ser un contrato de duración anual, no será posible su rescisión.

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